Cuando se habla de “alimentos” se refiere a todo lo indispensable para el desarrollo integral de una persona, como ser el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, formación integral y educación . Es un juez el que toma una decisión de que alguien debe dar dinero periódicamente a otra persona por una razón específica, a esto se le llama Pensión Alimenticia.
Estas son algunas de las personas a quienes se les debe dar una pensión alimenticia:
1. Al cónyuge (esposo o esposa) y a los hijos de sangre.
2. Hijo (a) con discapacidad, incluso si ya es adulto (a).
3. A los padres y abuelos de sangre.
4. Un padre adoptivo le debe dar alimentos a un hijo adoptivo, y viceversa.
Para iniciar una demanda por alimentos, se debe acudir a un abogado para contar con la orientación adecuada durante todo el proceso. Luego, se debe presentar una demanda en el Juzgado de Letras de Familia, lo que marca el inicio del proceso y permite comunicar la situación y la necesidad de asistencia con los alimentos.
Para respaldar el caso, es crucial proporcionar documentos y pruebas que demuestren la situación del afectado, como registros financieros o testimonios. Además, en casos en los que la persona responsable no cumple con sus obligaciones alimenticias, el demandante puede considerar solicitar un embargo de salario, que implica destinar una parte del salario del demandado al pago de los alimentos. Se podrá embargar hasta el 50% del salario.
1. Partida de Nacimiento original y tres (3) fotocopias de cada uno de los hijos menores de edad.
2. Cuatro (4) fotocopias del DNI de la parte Demandante.
3.Dirección exacta y bien detallada del demandante y demandado, incluyendo las generales de ley, (soltero (a), casado (a), profesión u oficio y número de teléfono.
4.Dos (2) testigos que no sean familiares y que estén enterados de la situación por la cual demandan; traer cuatro (4) fotocopias del DNI de cada uno de los testigos, con la dirección completa y número de teléfono.
5.Facturas o recibos originales que acrediten gastos ocasionados, ya sea de medicinas, educación, alimentación, etc., y tres (3) fotocopias de cada uno.
6.Facturas o recibos originales que acrediten gastos ocasionados, ya sea de medicinas, educación, alimentación, etc., y tres (3) fotocopias de cada uno.