Tegucigalpa, M.D.C.,
03 de diciembre de 2009.
OFICIO No. 3113-SCSJ-2009.
SENORES:
MAGISTRADOS CORTES DE APELACIONES
JUZGADOS DE LETRAS Y DE PAZ
DEFENSA PUBLICA
INSPECTORIA GENERAL DE JUZGADOS Y TRIBUNALES
DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Y DEMAS DEPENDENCIAS JUDICIALES
TODO EL PAIS.
C I R C U L A R No. 15
Con instrucciones de la Corte Suprema de Justicia, y de conformidad al Reglamento de Vacaciones, Asuetos y Licencias para los funcionarios y empleados del Poder Judicial, se les comunica 10 siguiente: PRIMERO: Que el Segundo Período de Vacaciones de 2009 para los funcionarios y empleados del Poder Judicial, se iniciara a partir del día miércoles dieciséis (16) de diciembre del presente ano, compensando el día inhábil veinticinco (25) de diciembre del presente ano, con el lunes cuatro (04) de enero del ana 2010.- SEGUNDO: Las labores se reiniciaran el día martes cinco (05) de enero de 2010.- TERCERO: Los días del período vacacional mencionado, son inhábiles para efectos de los términos judiciales, a tenor de 10 establecido en el Decreto No. 91-95 del 16 de mayo de 1995, 10 anterior sin perjuicio de los turnos programados en los Juzgados en Materia Penal, de la Niñez y la Adolescencia, la Defensa Publica e Inspectoría General de Juzgados y Tribunales.
Atentamente,
Lucila Cruz Menendez
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